▷ Oposiciones Correos | 🥇 【2022】

著者: Maria Diestro Ordoñez
  • サマリー

  • ¿Quieres trabajar en Correos? Prepárate las oposiciones de correos de 2022 con nosotros. Aquí tendrás el temario gratis en PDF y verás toda la información sobre los requisitos y las bases legales de la oposición, las pruebas o exámenes de correos y las fechas, además de conocer el sueldo o cuanto cobra un funcionario de correos a final de mes. ¿Quieres un trabajo para toda la vida? ¡Oposita para correos en 2022! Actualización 2022: Desde el 23 de noviembre hasta el 2 de diciembre se abre el plazo de inscripción para las oposiciones de correos 2022. La Administración General del Estado informa que va a ofertar un total de 3.421 plazas fijas en Correos para el 2022, aunque no sabíamos todavía cuando será la fecha para el examen. Estad atentos a nuestras publiciones. Número de plazas disponibles para trabajar en correos | Oposiciones Correos 2022 Reparto (urbano y servicios motorizados): 1.410 plazas Reparto (urbano y servicios no motorizados): 946 plazas Agente / clasificación: 267 a jornada completa y 238 a jornada parcial Atención al cliente: 130 a jornada completa y 390 a jornada parcial Antes de comenzar con la guía, debéis de conocer las bases la oposición a correos de 2022. Abierto el plazo de inscripción: desde el 23 de noviembre de 2020 hasta el próximo día 2 de diciembre. Las Bases del proceso de selección para las Oposiciones a Correos de 2022 Grupo Profesional: Grupo Profesional IV (Personal Operativo) Plazas ofertadas en 2022: 4.000 Ámbito de la oferta de correos: Provincial. La determinación final de la oferta de los puestos de trabajo en el ámbito provincial se llevará a cabo en función de las necesidades existentes y al desarrollo de los sistemas de provisión ce carácter interno en relación con los puestos de trabajo. Requisitos de los solicitantes (A continuación los explicamos) Plazo de presentación de solicitudes: Los plazos quedarán determinados dependiendo de las convocatorias provinciales. La Presentación de solicitudes se debe realizar mediante la web oficial de Correos y mediante los medios que se anuncien en las convocatorias provinciales. Los aspirantes que cumplan con los requisitos previstos en la convocatoria (A continuación los explicamos) tendrán derecho a presentar su solicitud a través de la página web oficial de Correos. Importe o precio por presentarse: 10€ que se deben abonar a través de una transferencia bancaria en el número de cuenta corriente que se indique en las convocatorias provinciales. El proceso de selección de los aspirantes estará divido entre fases, pruebas y valoración de méritos previstas tal y como se contempla en el Anexo I de las Bases de la Convocatoria. Calendario de las pruebas o exámenes o actuaciones: El órgano de selección será el que determine el calendario de actuaciones del proceso y, en especial, la fecha y/o lugares en que se realice la prueba de superación. Los participantes que hayan sido admitidos se publicarán en la web de correos y en la página web de información (060). Requisitos de las Oposiciones Correos 2022 ¿Cuáles son los requisitos generales exigidos este 2022 para ser funcionario de Correos? Par poder presentarte a las oposiciones de este año debes cumplir los siguientes: Ser mayor de edad Tener la Educación Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar, o titulación equivalente Permiso de conducir moto A, A1, o tener el carné de conducir B (antigüedad superior a 3 años) Posibilidad de aportar vehículo y/o local se necesitará que el candidato cumpla con tal obligación, además de tener los permisos de conducir dichos anteriormente No haber sido despedido de forma disciplinaria Que no se haya rescindido el contrato por no haber superado un periodo de prueba en Correos de la bolsa a la que se opta No tener un informe negativo o evaluación negativa para el desempeño del puesto de trabajo a la bolsa a la que se oposita No haber sido inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por una sentencia firme No padecer una enfermedad o limitación física...
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エピソード
  • ✅Tema 9: Igualdad y violencia de género. Seguridad en la información (LOPD). Prevención de blanqueo de capitales. Compromiso ético --> 4/4
    2021/08/31
    13.5.1 El III Convenio Colectivo de Correos El III Convenio Colectivo de Correos consta de un Preámbulo, 115 artículos (agrupados en 10 Títulos), 4 disposiciones transitorias, 6 disposiciones adicionales y 8 anexos (Tablas Retributivas 2011, Ingreso y Ciclo de empleo, Calendario Laboral, Acuerdo sobre Formación Profesional en la Empresa, Protocolo sobre el Acoso, Ayudas del Área de Acción Social, Singularidades para el Desempeño del Reparto en el Ámbito Rural y Plan de Igualdad). El Título I del Convenio trata las disposiciones generales: · Partes que lo conciertan: dirección de la empresa y sindicatos firmantes: CC.OO., UGT, CSIF y Sindicato Libre1. · Ámbito personal y funcional: afecta a la inmensa mayoría del personal laboral (salvo a unos pocos altos directivos), que prestan servicios en las distintas Unidades de Correos. · Ámbito territorial: afecta a todos los centros de trabajo del territorio español. · Ámbito temporal: finalizó su vigencia el 31 de diciembre de 2013, aunque está prorrogado hasta que se negocie uno nuevo. El Título II del Convenio trata los principios de participación seguimiento y negociación colectiva. En este título se crean diversas comisiones para el desarrollo del Convenio: · Comisión Paritaria: para la correcta aplicación del Convenio. · Comisión de Empleo Central y Comisiones de Empleo Temporales. · Comisión de Tiempo de Trabajo. · Comisión de Acción Social. · Comisión de Formación. · Comisión de Salud Laboral. · Comisión de Igualdad. El Título III dispone medidas para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, que ya hemos visto en el capítulo anterior de este tema. El Titulo IV trata la organización del trabajo y sistemas de clasificación profesional. El Título V trata sobre el Sistema de provisión de puestos de trabajo: El ciclo de empleo. El Título VI trata sobre la Ordenación del Tiempo de trabajo. El Título VII trata sobre la Suspensión y extinción del contrato de trabajo. El Título VIII trata sobre el Régimen retributivo. El Titulo IX trata sobre el Régimen disciplinario. El Título X trata sobre Acción social, formación y desarrollo profesional, prevención de riesgos laborales. 57 1 CGT estuvo en dicha negociación y como no estaba de acuerdo con una parte importante de las propuestas, no firmó. 13.5.2 Las Comisiones de desarrollo del Convenio El convenio colectivo no es un documento acabado y definitivo en todos sus artículos, sino que muchos de ellos precisan de un desarrollo posterior, que se lleva a cabo en las distintas Comisiones que se enumeran en el Título II del Convenio. La Comisión Paritaria tiene las siguientes funciones: a) Interpretación y desarrollo del convenio: corresponde a la Comisión Paritaria interpretar la totalidad de los artículos y cláusulas de este convenio, así como actualizar su contenido para adaptarlo a las modificaciones que puedan derivarse de los cambios normativos de mayor rango. b) Vigilancia del cumplimiento colectivo de lo pactado. Esta función comprende: 1. Vigilar el correcto cumplimiento de todo lo pactado. 2. Estudiar, proponer y, cuando proceda decidir, las cuestiones que, derivadas de la aplicación del presente convenio, se planteen por la empresa o los representantes de los trabajadores/as. 3. El resto de competencias que le sean atribuidas en el articulado del presente convenio. c) Conciliación previa a la vía judicial ante la interposición de conflictos colectivos: Las situaciones litigiosas que afecten a los trabajadores/as adscritos a un centro de trabajo o la generalidad de éstos, previamente al planteamiento de conflicto colectivo, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 82.2 del Estatuto de los Trabajadores, y el artículo 63 de la Ley de Procedimiento Laboral, serán sometidas a la Comisión Paritaria, que emitirá dictamen sobre la discrepancia planteada, de conformidad con lo previsto en el artículo 154 de la Ley de Procedimiento Laboral, en el plazo máximo de quince días desde la presentación de la solicitud del dictamen....
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    2021/08/31
    13.3.4 Los planes de emergencia El plan de emergencia, junto a la evaluación de riesgos laborales, es un instrumento fundamental de la política preventiva dentro de la empresa. El plan de emergencia recoge en un documento actualizado y operativo la organización, los recursos y los procedimientos de actuación que se deben poner en marcha para prevenir o minimizar una situación de emergencia. Debe responder a las siguientes preguntas: · ¿Qué se hará? · ¿Quién lo hará? · ¿Cuándo? · ¿Cómo? · ¿Dónde se producirá? El plan de emergencia tiene por objeto describir de manera ordenada y sistemática los riesgos del edificio y las medidas de protección adoptadas para prevenirlos, así como dar una respuesta automática a cualquier evento derivado de dichos riesgos. Los objetivos a alcanzar con la implantación del plan de emergencia son: · Evaluar las condiciones de seguridad que reúne el edificio. · Garantizar la fiabilidad de todos los medios de protección y las instalaciones generales. · Evitar las causas de las emergencias. · Disponer de personas organizadas, formadas y adiestradas que garanticen rapidez y eficacia en las acciones a emprender para el control de las emergencias. · Tener informados a todos los ocupantes del edificio sobre cómo deben actuar ante una emergencia y en condiciones normales para su prevención. Las emergencias se clasifican en función de su gravedad en: · Conato de emergencia: es el accidente que puede ser controlado de manera sencilla y rápida por el personal y medios de protección del local (primera intervención). · Emergencia parcial: es el accidente que para ser dominado requiere la participación de equipos especiales del sector. · Emergencia general: es el accidente que precisa de la actuación de todos los equipos y medios de actuación del edificio y de la ayuda de medios de socorro y de salvamento exteriores. Comporta la evacuación de personas, de determinados sectores o general. 38 El orden de actuación para resolver la emergencia es el siguiente: · Fase Previa: Detección y comprobación.- Detectamos el siniestro y comprobamos el carácter y veracidad del siniestro · Fase 1: Alerta.- Aviso a los servicios de urgencia exteriores por el Jefe de Emergencia. Se activan, si procede, los equipos de evacuación. · Fase 2: Evacuación.- Desalojo total de la zona y desalojo posterior, si procede, de otras zonas de posible afección. · Fase 3: Intervención (esta fase se realiza si hay medios personales y técnicos adecuados).- Control o contención del siniestro; seguidamente información y traspaso del siniestro a los servicios externos. La organización de la emergencia estará formada al menos por dos personas, aunque puede incrementarse hasta crear equipos de emergencia, en los que participan: · Jefe de Emergencia (JE): es la persona de máxima responsabilidad en la emergencia, pudiendo actuar como coordinador de la misma. · Jefe de Intervención (JI): dirige las operaciones de intervención y aplica las órdenes dadas por el Jefe de Emergencia. · Centro de Control (CC): persona o grupo de personas que centralizan los canales de comunicación y la información relacionada con la emergencia. · Equipos de Primera Intervención (EPI): persona o grupos de personas que intervienen en primera instancia en la situación de emergencia a fin de eliminarla o impedir su extensión. · Equipos de Segunda Intervención (ESI): persona o grupo de personas de la empresa especialmente entrenadas o bien recursos externos (bomberos) que actúan cuando los EPI no logran controlar la emergencia con sus propios recursos. · Equipo de Alarma y Evacuación (EAE): persona o grupo de personas encargadas de dirigir y controlar la evacuación ordenada de las personas en un sector concreto de la empresa. · Equipo de Primeros Auxilios (EPA): persona o grupo de personas encargadas de prestar los primeros auxilios a las personas accidentadas. Existen diversos tipos de emergencias, aunque la más frecuente y la que más daño produce es la provocada por el fuego. El...
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  • ✅Tema 9: Igualdad y violencia de género. Seguridad en la información (LOPD). Prevención de blanqueo de capitales. Compromiso ético --> 2/4
    2021/08/31
    Se aplican medidas reforzadas a: · Los clientes de giro internacional de países de riesgo o que envíen o reciban fondos de o hacia los mismos, cuyo importe acumulado de sus operaciones en el mes natural sea superior a 1.500 €. · Los clientes de giro nacional e internacional remitentes o destinatarios que superen 3.000 € individuales o acumulados en un periodo de un trimestre natural. · Los clientes relacionados en peticiones de Juzgados, Policía, Requerimiento del SEPBLAC. · Los clientes que realicen operaciones que se consideren fuera de lo normal, inusuales o que presenten indicios de sospecha en relación con la PBC. · Las operaciones con origen o destino a países que supongan un riesgo superior al normal y que una vez informada la Comisión de Control tome esa decisión. · Personas de responsabilidad pública (PEP’s). Se considera en este capítulo a las siguientes: · Aquellas que desempeñen o hayan desempeñado funciones públicas importantes por elección, nombramiento o investidura en otros Estados miembros de la UE o terceros países. · Aquellas que desempeñen o hayan desempeñado funciones públicas importantes en el Estado español, tales como altos cargos, los parlamentarios nacionales y del Parlamento Europeo. · Aquellas que desempeñen o hayan desempeñado funciones públicas importantes en el ámbito autonómico español y en el ámbito local español, los alcaldes, concejales y demás altos cargos de los municipios capitales de provincia o capitales de Comunidad autónoma, de las Entidades Locales de más de 50.000 habitantes, o cargos de alta dirección en organizaciones sindicales o empresariales o partidos políticos españoles. Se aplican estas medidas a las referidas personas, aunque hayan dejado sus funciones, durante dos años. También se aplican a los familiares o allegados de las personas con responsabilidad pública. La admisión de las personas con responsabilidad pública como clientes debe ser autorizada directamente por el responsable de Oficina/Unidad de Reparto, quien trasladará su decisión al Área de Prevención, que informará en las reuniones de la Comisión para que tome razón de esta decisión. 19 13.2.6 Abstención de realizar operaciones En ningún caso se admitirán clientes que: · Rehúsen entregar la documentación que permita su identificación. · Presenten documentos de identificación que alberguen dudas sobre su legalidad. · Faciliten datos falsos o erróneos. · Pongan fin a la relación al ser requeridos para que faciliten información. · A los que no sea posible aplicar alguna de las medidas de diligencia debida previstas. · Oculten al titular real para enviar una operación o dividan una transacción en dos o más. · Realicen operaciones que presenten indicios de estar relacionadas con el blanqueo de capitales. · Personas jurídicas cuya estructura de propiedad o de control no haya podido determinarse. Cualquier operación que dé lugar a sospechas puede no ser aceptada por el empleado y dará lugar a la comunicación inmediata como operación sospechosa. Cuando la abstención no sea posible o pueda dificultar la persecución de los beneficiarios de la operación, podrá llevarse a cabo, efectuando la comunicación de la operación sospechosa al Área de Prevención de Blanqueo de Capitales. El Área de Prevención es la encargada de adoptar las decisiones finales sobre la abstención y de informar a los empleados sobre la forma de actuar en cada caso. La comunicación de las operaciones sospechosas al SEPBLAC, efectuada por la Comisión, expondrá los motivos que justificaron la ejecución de la operación. Cuando en aplicación de la política interna o por imposibilidad de aplicar las medidas de diligencia debida, los fondos deban ser devueltos al cliente, el reintegro de los mismos se efectuará a través del mismo medio de pago utilizado inicialmente para su ingreso. Cuando el emisor o el receptor de un giro sea una persona incluida en alguna de las listas públicas relacionadas con el terrorismo o grupos afines, el sistema bloqueará la...
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あらすじ・解説

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